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Tras la alarma de eliminar los aplazamientos , el Dpto. de Recaudación de la AEAT, ha publicado en la instrucción 1/2017 , del 18 de enero: La herramienta informática de actuaciones administrativas automatizadas, en aras de la eficiencia del procedimiento, no realiza requerimientos para que se acredite la transitoriedad de las dificultades de tesorería ni la falta de ingreso de los impuestos repercutidos. Se presumirán acreditadas ambas circunstancias con la formulación de la solicitud. Durante el 2017 podemos tener la tranquilidad de que sí se podrá aplazar el IVA, para deudas inferiores a 30.000,00 euros, de forma automática y sin aportación de garantías.
04.04.2017
El 5 de abril comienza la campaña de Renta 2016 cuya novedad más significativa es que será la primera campaña sin el programa PADRE.